Nuestro país al verse envuelto en diferentes escándalos públicos en los cuales es considerado como un paraíso fiscal y ser agregado en la lista gris de la GAFI a tomado diferentes estrategias para la prevención del lavado de dinero en el ámbito legal como lo son:
- La creación de la Ley 23 del 27 de abril de 2015 en el cual se adoptan medidas para prevenir el blanqueo de capitales y dicta otras disposiciones. Esta ley tiene como objetivo que los diferentes organismos de supervisión establezcan los controles apropiados para su mitigación, las medidas para facilitar la cooperación internacional y las medidas para identificar, evaluar y entender los riesgos y consecuencias del blanqueo de capitales.
En mi concepto esta ley beneficia mucho a nuestro país, pero como bien lo sabemos esta estrategia solamente es para que nuestro país recupere su reputación porque no es cumplida, esta tiene vigencia desde 2015 y como bien hemos podido observar se han seguido presentado estas irregularidades en nuestro país como lo fue el escándalo de los Panamá Papers que fue en el 2016 y en el cual podemos ver que si les pagan muy bien el bufete Mossack Fonseca ellos se encargaban del trabajo sucio.
- La creación de la Ley N.º 21 de 10 de mayo de 2017 en la cual se establece las normas para la regulación y supervisión de los fiduciarios y del negocio de fideicomiso y dicta otras disposiciones. En esta ley podemos observar la función que tiene la Superintendencia de Banco como lo es velar por que los fiduciarios tengan procedimientos adecuados que permitan la supervisión y control de sus actividades, establecer vínculos de cooperación con los Entes Supervisores Extranjeros para fortalecer los mecanismos de supervisión, velar por que solo ejerzan la actividad fiduciaria los fiduciarios que hayan obtenido licencia entre otras.
En mi concepto esta ley tiene muchos artículos los cuales pueden ser de gran ayuda, pero considero que se podría ejecutar mucho mejor si esta función la llevada a cabo una institución autónoma, en la cual se capacite a su personal para una mayor transparencia y cooperación internacional con otras entidades.
- La creación de la Ley N.º 124 de 7 de enero de 2020 en la cual se crea la Superintendencia de Sujetos No Financieros, como organismo autónomo del Estado, con personería jurídica, patrimonio propio e independencia administrativa, presupuestaria, financiera, técnica y de gestión. Esta Superintendencia tiene como función supervisar que los sujetos obligados no financieros cuenten con políticas, mecanismos y procedimientos de control interno, aplicar sanciones por el incumplimiento de las normativas legales en materia de prevención de los delitos de blanqueo de capitales, entre otras.
En mi concepto esta si Superintendencia cumple con su función a cabalidad y de tal manera como esta estipulado en la ley es un gran avance para combatir el lavado de dinero en nuestro país.

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